IRPF en factura: cuándo aplicar el 7% o el 15%
- 01El 7% de retención se aplica el año de inicio de actividad y los dos siguientes, solo en actividades profesionales.
- 02Pasado ese periodo, el tipo general de retención es del 15%.
- 03Los clientes particulares no practican retención: la factura no lleva ese descuento, aunque tú sigas debiendo ese IRPF a través del modelo 130.
- 04La retención solo se aplica quien es cliente empresa o profesional, nunca en ventas de bienes.
La retención de IRPF en factura es uno de los puntos que más confunde a quien empieza como autónomo: no es un gasto, ni un descuento que pierdes, sino un adelanto de tu propio impuesto sobre la renta.
Los tres tipos posibles
Aplicable durante el año de inicio de la actividad profesional y los dos siguientes.
El que corresponde una vez superado el periodo reducido, para el resto de tu vida como autónomo (salvo cambios normativos).
Cuando facturas a un particular, o cuando tu actividad no está sujeta a retención (por ejemplo, la venta de mercancías en lugar de servicios profesionales).
IVA, retención y total a cobrar de una factura.
Por qué tus clientes particulares no retienen
La retención es una obligación que recae sobre el pagador cuando este es una empresa o profesional que lleva contabilidad. Un particular no tiene esa obligación, así que tu factura a un cliente final no lleva retención, aunque tú sigas debiendo ese IRPF: simplemente lo adelantarás tú mismo a través del modelo 130, en lugar de que lo haga tu cliente por ti.
No confundas retención con exención
Que no haya retención en una factura no significa que ese ingreso esté exento de IRPF. Sigue formando parte de tu rendimiento neto y tributa igual, solo cambia quién adelanta el pago a Hacienda.
Un caso frecuente: mezcla de clientes
Si facturas a la vez a empresas (con retención) y a particulares (sin retención), tu modelo 130 trimestral tendrá en cuenta ambos tipos de ingresos, pero solo podrás descontar del pago fraccionado las retenciones que efectivamente te hayan practicado tus clientes empresa. El resto lo pagas tú directamente en el 130.
Entender esta mecánica te evita dos errores comunes: pensar que "no te han retenido nada" en una factura a un particular es un error tuyo, o calcular mal cuánto te queda realmente en el bolsillo tras cobrar cada factura.
Preguntas frecuentes
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Asesora fiscal con más de doce años acompañando a autónomos y micropymes en sus obligaciones tributarias. Revisa cada cifra normativa publicada en Autónomo al Día contra la fuente oficial correspondiente.
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